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Caso Liceo Naval: agresión sexual contra un estudiante se agrava por presunta omisión de funciones y de auxilio

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Seis adolescentes cumplen internamiento preventivo por la presunta agresión sexual contra un compañero de 16 años ocurrida dentro de un bus escolar. La defensa anuncia acciones contra adultos que estaban a cargo del traslado, mientras la Marina separó preventivamente a tres trabajadores y el Minedu asumió la conducción temporal del colegio.

Seis adolescentes fueron internados en Maranguita

El caso del Liceo Naval Almirante Guise ingresó a una nueva etapa judicial luego de que el Poder Judicial ordenara cuatro meses de internamiento preventivo para seis adolescentes investigados por la presunta agresión sexual contra un compañero de 16 años. La medida fue dispuesta por el Tercer Juzgado de Familia de Lima mientras continúan las diligencias destinadas a determinar la participación individual de cada investigado. Los seis fueron trasladados al Centro Juvenil de Diagnóstico y Rehabilitación de Lima, conocido como Maranguita.

Los hechos investigados habrían ocurrido el 15 de septiembre, cuando el estudiante regresaba en un bus escolar después de participar junto con sus compañeros en un campeonato de futsal. La víctima cursaba cuarto de secundaria y los diez adolescentes inicialmente intervenidos pertenecían a quinto de secundaria. Después de las primeras diligencias, cuatro recuperaron su libertad y seis quedaron sujetos al pedido de internamiento preventivo.

El internamiento preventivo no constituye una condena. La medida tiene carácter cautelar y deberá mantenerse dentro del proceso de responsabilidad penal adolescente mientras la Fiscalía reúne elementos para establecer qué ocurrió y cuál habría sido la conducta atribuible a cada menor. Por ello, la investigación debe diferenciar entre quienes eventualmente tuvieron participación directa, quienes pudieron tener otro grado de intervención y quienes no tuvieron responsabilidad.

La segunda línea de investigación: los adultos del bus

La defensa de la familia de la víctima ha planteado ahora una segunda línea de investigación: la actuación de los adultos que estaban dentro del vehículo durante el traslado. El abogado Jorge Petrozzi anunció que promoverá una denuncia penal contra docentes que se encontraban en el bus por una presunta omisión de funciones y de auxilio.

Este punto resulta relevante porque la eventual responsabilidad de los adultos no puede establecerse únicamente por el hecho de encontrarse en el vehículo. La Fiscalía tendrá que determinar qué función cumplía cada uno, cuál era su deber concreto de vigilancia, qué información pudo conocer durante el trayecto, cuándo pudo advertir la situación y qué acciones adoptó después de conocerla.

La propia información difundida durante las primeras diligencias confirmó que había adultos responsables del cuidado de los escolares dentro del vehículo. Ese aspecto deberá ser contrastado con las declaraciones de estudiantes, docentes, conductor y demás personas que participaron en el traslado.

Por eso, la eventual omisión de funciones y de auxilio constituye una hipótesis que deberá ser probada, no una responsabilidad ya establecida. Si las investigaciones encuentran evidencia de que existía un deber específico de protección y que este fue incumplido, corresponderá determinar las consecuencias penales, administrativas o civiles que correspondan.

Acoso previo y las alertas que ahora vuelven a escena

La investigación también deberá establecer si existieron episodios anteriores de hostigamiento o violencia contra el estudiante y, especialmente, si fueron comunicados a profesores, entrenadores o autoridades del colegio. La defensa sostiene que la agresión no habría sido un hecho aislado y que existieron antecedentes de acoso que no fueron atendidos oportunamente.

Este aspecto adquirió mayor relevancia después de que el ministro de Educación, José Antonio Chang, informara que el Liceo Naval registra 80 denuncias por distintos hechos de violencia durante los últimos dos años. Según la información difundida, 50 corresponderían a casos entre escolares y 30 involucrarían a personal de instituciones educativas.

El número, por sí solo, no demuestra que las autoridades conocieran la agresión investigada ni establece responsabilidad penal de funcionarios o docentes. Pero sí plantea una cuestión institucional que deberá ser esclarecida: qué hicieron las autoridades del colegio frente a las denuncias anteriores y si los mecanismos de prevención y protección funcionaron de manera efectiva.

El ministro también ha señalado que algunas denuncias de acoso y violencia sexual no habrían sido tratadas adecuadamente. Esa afirmación deberá ser contrastada con los expedientes y registros correspondientes para determinar qué casos fueron reportados, qué medidas se adoptaron y si existieron patrones que debieron activar mecanismos de protección.

Marina separa a tres trabajadores

Mientras avanzan las investigaciones, la Marina de Guerra del Perú dispuso la separación preventiva de la directora del colegio, un docente y el entrenador de fútbol. La medida fue adoptada por la Dirección de Bienestar de la Marina y se mantiene mientras las autoridades competentes esclarecen los hechos.

La separación preventiva tampoco equivale a una declaración de responsabilidad. Se trata de una decisión institucional adoptada durante la investigación. La determinación definitiva dependerá de los resultados de las investigaciones fiscales, administrativas y, eventualmente, judiciales.

El Gobierno, además, oficializó la reorganización extraordinaria y temporal de la gestión educativa y gobernanza del Liceo Naval Almirante Guise. El Ministerio de Educación asumirá la conducción del plantel hasta el 31 de diciembre de 2027, como parte de las medidas adoptadas después de la denuncia.

La investigación no puede terminar en Maranguita

El traslado de seis adolescentes a Maranguita representa el principal resultado judicial conocido hasta ahora, pero no resuelve todas las interrogantes del caso. La Fiscalía todavía debe determinar la responsabilidad individual de los investigados y establecer si existen elementos suficientes para formular las imputaciones correspondientes.

Al mismo tiempo, deberá esclarecerse la actuación de los adultos que estaban a cargo del grupo durante el viaje. La pregunta central ya no se limita a qué ocurrió dentro del bus, sino también a qué pudieron saber los responsables de la supervisión, cuándo pudieron saberlo y qué hicieron frente a una eventual situación de violencia.

La dimensión institucional también exige revisar las denuncias anteriores. Si se confirma que existieron alertas de violencia, acoso o conductas de naturaleza sexual que no recibieron una respuesta adecuada, será necesario determinar quiénes tenían competencia para intervenir y por qué las medidas adoptadas no evitaron nuevos episodios.

Protección de la víctima y reserva de los menores

La investigación debe desarrollarse con especial protección para el adolescente agraviado. La víctima declaró mediante los mecanismos especializados correspondientes y recibe asistencia dentro de los protocolos establecidos para estos casos. La difusión de su identidad está prohibida y puede generar consecuencias legales.

El Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables rechazó la exposición pública de la identidad del menor después de que la periodista Milagros Leiva mencionara su nombre durante una transmisión televisiva. El MIMP recordó que la protección de los menores víctimas de delitos sexuales alcanza también a información que permita identificarlos indirectamente.

La misma obligación de reserva alcanza a los adolescentes investigados. Por ello, Pulso27 no difundirá nombres, imágenes ni otros datos que permitan identificarlos.

Tres responsabilidades que todavía deben esclarecerse

El caso Liceo Naval presenta, hasta ahora, tres niveles de investigación que no deben confundirse. El primero corresponde a la presunta agresión sexual y a la responsabilidad individual de los adolescentes investigados. El segundo está relacionado con la eventual omisión de funciones o de auxilio por parte de adultos que tenían deberes de supervisión durante el traslado. El tercero comprende la respuesta institucional del colegio frente a posibles antecedentes de violencia y las medidas que correspondía adoptar.

Los seis adolescentes sometidos a internamiento preventivo deberán afrontar el proceso bajo las garantías del sistema de responsabilidad penal adolescente. La Fiscalía tendrá que establecer responsabilidades con pruebas y no sobre la base de acusaciones colectivas. Del mismo modo, cualquier eventual imputación contra adultos deberá sustentarse en la identificación de deberes concretos y en evidencia sobre su presunto incumplimiento.

El dato de las 80 denuncias reportadas por el Ministerio de Educación agrega una dimensión institucional que no puede ser ignorada, aunque tampoco permite atribuir automáticamente responsabilidad por la agresión denunciada. El punto central será determinar qué denuncias existieron, cómo fueron tramitadas y si las autoridades cumplieron sus obligaciones de prevención y protección.

La reorganización del Liceo Naval bajo el Minedu y la separación preventiva de tres trabajadores muestran que el caso ya produjo consecuencias institucionales. Sin embargo, esas decisiones no sustituyen las investigaciones. La respuesta definitiva deberá establecer qué ocurrió dentro del bus, quiénes tuvieron participación, si algún adulto incumplió sus deberes de protección y si existieron fallas previas que permitieron que la violencia llegara a este punto.

El caso, por tanto, no termina con el ingreso de seis adolescentes a Maranguita. La investigación recién entra en una etapa decisiva: determinar responsabilidades individuales, proteger a la víctima, esclarecer la actuación de los adultos y revisar si el sistema de protección del colegio respondió —o no— frente a las señales de violencia que ya habían sido reportadas.

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