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Educación

Dina Boluarte nombra al cuestionado Juan José Santiváñez como nuevo ministro de Justicia y Derechos Humanos

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La presidenta de Perú, Dina Boluarte, juramentó el 23 de agosto de 2025 a Juan José Santiváñez como nuevo ministro de Justicia y Derechos Humanos, en una decisión que ha desatado fuertes críticas debido a los antecedentes del exfuncionario. Santiváñez, quien previamente ocupó el cargo de ministro del Interior, fue censurado por el Congreso en marzo de este año por su «manifiesta incapacidad» para enfrentar la creciente inseguridad ciudadana. Este nombramiento, realizado en el marco de una reorganización del Gabinete a menos de un año del fin de la gestión de Boluarte, ha sido calificado por sectores de la oposición como un acto de «reciclaje» de figuras cuestionadas, lo que pone en tela de juicio el compromiso del gobierno con la transparencia y la meritocracia.

El historial de Santiváñez genera preocupación entre analistas y congresistas, quienes advierten sobre las implicancias de designar a una figura censurada en un ministerio clave como el de Justicia. Durante su paso por el Ministerio del Interior, Santiváñez enfrentó críticas por su gestión ineficaz frente a la delincuencia y por decisiones controversiales que debilitaron la confianza pública. Tras su salida, asumió un cargo en la Oficina General de Monitoreo Intergubernamental del Despacho Presidencial, lo que ya había sido señalado como una maniobra para mantenerlo en la esfera gubernamental. La congresista Ruth Luque calificó el nombramiento como un reflejo de «impunidad» y cuestionó la idoneidad de Santiváñez para liderar una cartera tan sensible como la de Justicia y Derechos Humanos.

La designación de Santiváñez se suma a una serie de movimientos en el Gabinete de Boluarte que han generado críticas por la falta de renovación y el aparente reciclaje de figuras políticas. Mientras el gobierno defiende la experiencia de los nuevos ministros, la opinión pública y diversos sectores exigen mayor transparencia en los criterios de selección. Con el país enfrentando desafíos en materia de seguridad, derechos humanos y confianza institucional, el nombramiento de Santiváñez plantea interrogantes sobre la dirección del Ejecutivo en el tramo final de su mandato.

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Xiomara Castro denuncia golpe electoral de EE.UU. y declara que Honduras no aceptará resultados manipulados por injerencia extranjera

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Tegucigalpa, 9 diciembre 2026.– La presidenta de Honduras, Xiomara Castro, anunció este lunes que su país no reconocerá unas elecciones “marcadas por la manipulación, el chantaje y la abierta injerencia extranjera”, en referencia al proceso del 30 de noviembre donde, según resultados preliminares, el candidato respaldado por Donald Trump, Nasry Asfura, aparece como virtual ganador. En un mensaje a la nación, Castro afirmó que “un pueblo soberano no se arrodilla ante ninguna potencia extranjera” y adelantó que presentará denuncias formales ante la ONU, la OEA y la CELAC para exigir la anulación total del proceso.

El detonante de la crisis fue el indulto presidencial otorgado por Donald Trump al narcotraficante convicto y ex presidente Juan Orlando Hernández, apenas 48 horas antes de los comicios. Hernández, condenado en Nueva York a 45 años de cárcel por introducir más de 400 toneladas de cocaína a Estados Unidos, fue liberado y recibido como héroe por sectores del Partido Nacional, el mismo que postula a Asfura. Para el gobierno hondureño y amplios sectores populares, esta decisión constituye una intervención descarada de Washington para imponer un gobierno afín en Centroamérica, repitiendo el patrón del golpe de 2009 y el fraude de 2017.

Desde Perú, país que también ha sufrido históricas intromisiones extranjeras en sus procesos democráticos, se observa con solidaridad la resistencia del pueblo hondureño. La soberanía no es negociable: ningún país, por poderoso que sea, tiene derecho a decidir con indultos, amenazas de sanciones o manipulación de sistemas electorales quién debe gobernar a otro pueblo. Honduras hoy levanta la voz que América Latina entera necesita escuchar: la dignidad nacional no está en venta.

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Crisis en Tacna: Perú tiene la obligación moral y legal de proteger a migrantes identificados y de buena conducta

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Tacna, 28 de noviembre 2026.- Mientras decenas de ciudadanos venezolanos, colombianos y haitianos permanecen varados en la línea de frontera con Chile, organizaciones humanitarias y expertos en derecho internacional coinciden en que el Perú no puede cerrar los ojos ante quienes cumplen con los requisitos básicos de identificación y carecen de antecedentes penales. La mayoría de las personas bloqueadas en Chacalluta y Santa Rosa portan pasaporte o cédula de identidad vigente y han expresado su deseo de transitar hacia el norte o regularizar su situación en territorio peruano, muchos de ellos con vínculos familiares directos con ciudadanos peruanos: hijos nacidos en Perú, cónyuges peruanos o años de residencia legal previa.

El principio de no devolución (non-refoulement), consagrado en la Convención de Ginebra de 1951 y en el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos —ambos ratificados por el Perú—, obliga al Estado a evaluar caso por caso antes de cualquier rechazo en frontera. La Defensoría del Pueblo y Amnistía Internacional Perú recordaron hoy que la mera irregularidad administrativa no justifica exponer a familias con niños, mujeres embarazadas y personas mayores a condiciones inhumanas en pleno desierto, donde las temperaturas caen bajo cero durante la noche. “El internacionalismo solidario que siempre ha caracterizado a los peruanos no puede limitarse a discursos: debe traducirse en un corredor humanitario temporal que permita el ingreso ordenado, registro biométrico y evaluación individual de cada solicitante”, señaló el representante de ACNUR en Perú, Federico Agusti.

Lejos de abrir las puertas sin control, las organizaciones proponen una solución práctica y humanitaria: habilitar un punto único de procesamiento en la frontera con presencia de Migraciones, Policía Nacional, Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, y observadores de la ONU, para otorgar salvoconductos de tránsito o permisos temporales a quienes acrediten buena conducta y ausencia de requisitorias. “No se trata de fomentar la migración irregular, sino de cumplir con nuestra propia Constitución y con los tratados que hemos suscrito. Rechazar indiscriminadamente a quienes huyen del hambre y la persecución sería traicionar el legado de solidaridad que Perú mostró con los exiliados chilenos, argentinos y bolivianos en décadas pasadas”, concluyó el constitucionalista César San Martín. El país tiene ahora la oportunidad de demostrar que la seguridad fronteriza y el respeto a la dignidad humana pueden —y deben— caminar de la mano.

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Suprema condena a Pedro Castillo y exministros por conspiración, pero sentencia queda en el aire por graves vicios procesales

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Lima, 27 de noviembre 2025.- La Sala Penal Permanente de la Corte Suprema condenó este miércoles al expresidente Pedro Castillo a 11 años, 5 meses y 15 días de prisión efectiva por el delito de conspiración para la rebelión, junto a los exministros Betssy Chávez y Willy Huerta (misma pena) y Aníbal Torres (6 años y 8 meses). Sin embargo, fuentes del propio tribunal y abogados de la defensa coinciden en que la sentencia nace con serios cuestionamientos legales que podrían anularla en segunda instancia o ante el Tribunal Constitucional, entre ellos la vulneración al principio de juez natural y la falta de notificación adecuada a los procesados.

El principal vicio denunciado es que la Sala que juzgó el caso no tenía competencia originaria para conocer delitos comunes de conspiración, pues estos corresponden a cortes superiores y no directamente a la Suprema. Además, la defensa de Castillo presentó ayer ante el Tribunal Constitucional una demanda de amparo que señala que nunca se le notificó correctamente la acusación fiscal ni se le permitió ejercer plenamente su derecho de defensa, al haberse acumulado indebidamente el proceso de rebelión (que sí era competencia suprema) con el de conspiración. “Se juzgó a una persona por un delito que la sala no podía conocer y sin respetar el debido proceso”, advirtió el abogado Eduardo Pachas.

A ello se suma que la sentencia aplica el tipo penal de conspiración (art. 317 CP) pero utiliza como prueba principal el mensaje presidencial del 7 de diciembre, acto que ya había sido calificado como rebelión en otro proceso. Especialistas como Luis Lamas Puccio y Carlos Rivera consideran que existe doble valoración de los mismos hechos, lo que constituye una violación al principio non bis in idem. Mientras las defensas preparan apelaciones y el TC podría resolver el amparo en las próximas semanas, la condena –aunque histórica– queda suspendida en un limbo jurídico que podría derivar en su anulación total o parcial.

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