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El 83% de las víctimas de delitos no denuncia en Perú: la cifra negra que expone la desconfianza ciudadana

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El último reporte del INEI muestra que solo el 17% de las víctimas urbanas denunció el hecho delictivo. La principal razón para no acudir a las autoridades es considerar que hacerlo “es una pérdida de tiempo”.

Lima, 7 de setiembre de 2026.- Ocho de cada diez víctimas de hechos delictivos en el Perú urbano no denuncian lo ocurrido ante las autoridades. El dato, correspondiente al semestre móvil febrero-julio de 2026 y difundido por el Instituto Nacional de Estadística e Informática (INEI), vuelve a poner en el centro del debate la denominada “cifra negra” de la delincuencia y revela un problema que va más allá de la cantidad de delitos registrados oficialmente: la creciente distancia entre los ciudadanos y las instituciones encargadas de protegerlos.

De acuerdo con los resultados de la Encuesta Nacional de Programas Presupuestales (ENAPRES), solo el 17,0% de las víctimas de hechos delictivos en el ámbito nacional urbano presentó una denuncia durante el periodo analizado. En consecuencia, alrededor del 83% no denunció.

La situación también se observa en los principales ámbitos urbanos del país. En Lima Metropolitana y el Callao, el porcentaje de víctimas que denunció descendió de 21,3% a 18,5% respecto del periodo comparable. En la Costa Urbana, pasó de 21,4% a 18,1%.

El retroceso significa que una proporción cada vez mayor de los hechos delictivos queda fuera de los registros derivados de las denuncias formales.

Una mayoría de víctimas decide no denunciar

La llamada cifra negra comprende aquellos hechos delictivos que no llegan a conocimiento de las autoridades mediante una denuncia. Por ello, las estadísticas basadas exclusivamente en denuncias pueden mostrar solo una parte del fenómeno de la delincuencia.

Los resultados del INEI permiten dimensionar la magnitud del problema:

ÁmbitoDenunció 2025Denunció 2026Variación
Nacional urbano19,8%17,0%-2,8 puntos
Costa Urbana21,4%18,1%-3,3 puntos
Lima Metropolitana y Callao21,3%18,5%-2,8 puntos

En otros ámbitos urbanos, el porcentaje de víctimas que no denunció también alcanza niveles elevados: 85,5% en la Sierra Urbana y 85,0% en la Selva Urbana, según los indicadores consignados para el periodo.

La lectura más preocupante no es únicamente el descenso porcentual de las denuncias. El problema está en por qué las víctimas consideran que denunciar no vale la pena.

“Es una pérdida de tiempo”: la principal razón

El motivo más mencionado por quienes decidieron no denunciar es contundente: consideran que hacerlo es una pérdida de tiempo.

Esta respuesta alcanza el 45,1% a nivel nacional y llega al 50,7% en Lima Metropolitana y el Callao.

El dato plantea una interrogante fundamental para las instituciones responsables de la seguridad y la justicia: ¿qué ocurre cuando una víctima considera que acudir a la Policía, al Ministerio Público o a otras instancias competentes no producirá resultados?

La denuncia deja entonces de ser percibida como una vía efectiva para obtener protección o justicia y se convierte, para una parte importante de la población, en un trámite cuyo resultado se considera incierto.

La desconfianza en la Policía también pesa

La segunda razón señalada por las víctimas está relacionada directamente con las instituciones de seguridad. El 15,0% de quienes no denunciaron manifestó desconfianza en la Policía Nacional del Perú.

La cifra adquiere especial relevancia porque la Policía constituye, en la mayoría de los casos, la primera institución estatal a la que recurre una persona víctima de un delito.

Cuando la desconfianza se transforma en una decisión de no denunciar, se produce un círculo difícil de romper: menos denuncias generan menos información sobre determinados hechos; menos información puede dificultar la identificación de patrones delictivos; y la percepción de que las autoridades no responden puede reforzar nuevamente la decisión de no denunciar.

La percepción de que el delito “no es importante”

Otro 14,1% de las víctimas señaló que el delito era de poca importancia.

Este comportamiento puede estar asociado a hechos considerados menores, como determinados robos, hurtos o estafas, pero también evidencia un proceso de normalización de determinadas formas de delincuencia.

Cuando una persona asume que perder un objeto, sufrir una estafa o ser víctima de un robo menor forma parte de la vida cotidiana y que denunciar no cambiará la situación, el hecho desaparece de las estadísticas oficiales.

La consecuencia es una paradoja: la delincuencia puede ser más extendida de lo que muestran los registros administrativos, precisamente porque una gran parte de sus víctimas no comunica lo ocurrido.

Un problema que viene de años atrás

La pérdida de confianza no aparece de manera repentina. Los propios datos históricos de la ENAPRES permiten observar que en 2017 el 31,7% de las víctimas que no denunciaban señalaba como razón que hacerlo era una pérdida de tiempo, mientras que el 13,3% manifestaba desconfianza en la Policía.

Para 2026, ambas razones mantienen un peso considerable y la primera alcanza un nivel aún mayor. La tendencia evidencia que el problema de la denuncia no puede reducirse a la existencia de más o menos efectivos policiales. También involucra la eficacia percibida de las instituciones, la respuesta frente a las víctimas y la confianza en que una denuncia puede producir resultados concretos.

Una estadística que también interpela al Estado

La cifra negra constituye una dificultad para la elaboración de políticas públicas.

Si una parte significativa de los hechos delictivos no llega a conocimiento de las autoridades, los registros administrativos no necesariamente reflejan toda la dimensión de la inseguridad que experimenta la población.

Por ello, encuestas de victimización como la ENAPRES resultan relevantes: permiten aproximarse a hechos que no aparecen necesariamente en las estadísticas construidas a partir de denuncias policiales.

El desafío para el Estado no consiste únicamente en lograr que aumente el número de denuncias. También implica recuperar la confianza de las víctimas, mejorar los mecanismos de atención y demostrar que comunicar un delito puede conducir a una respuesta efectiva.

La pregunta que queda abierta

El dato del 83% de víctimas que no denuncia debería ser leído como algo más que una cifra sobre criminalidad. Es también un indicador de la relación entre ciudadanía e instituciones.

Cuando casi ocho de cada diez víctimas deciden no denunciar, el problema ya no es solamente cuántos delitos ocurren, sino cuántos quedan fuera del alcance del sistema institucional y por qué los ciudadanos han dejado de considerarlo una vía útil para enfrentar la delincuencia.

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Política

Ley 32743: denuncian a Keiko Fujimori y Miguel Torres por fórmula legal que atribuye al Senado la aprobación de la norma

Redactor

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La publicación oficial consigna que «El Senado de la República ha dado la Ley siguiente», omite la referencia a la Cámara de Diputados y solo incluye las firmas de autoridades del Senado. El caso motivó una denuncia penal y un pedido de rectificación de la autógrafa.

LIMA | 23 de octubre de 2026 | Pulso27

La promulgación de la Ley 32743, que delega facultades legislativas al Poder Ejecutivo en materias de seguridad ciudadana y del Fenómeno El Niño, abrió una controversia sobre las formalidades del procedimiento legislativo en el nuevo Congreso bicameral. La norma, publicada el 22 de octubre en el diario oficial El Peruano, contiene una fórmula que atribuye al Senado de la República la aprobación de la ley, en lugar de identificar al Congreso como órgano legislativo.

El cuestionamiento se centra en el encabezado de la norma, que señala textualmente: EL SENADO DE LA REPÚBLICA; Ha dado la Ley siguiente. Además, la autógrafa publicada incluye las firmas del presidente del Senado, Miguel Torres, y de su primer vicepresidente, Alejandro Muñante, sin las rúbricas del presidente de la Cámara de Diputados, Óscar Reto, y de la primera vicepresidenta de esa cámara, Analí Márquez.

Denuncia penal alcanza a autoridades del Ejecutivo y del Senado

El abogado Javier Adrianzén Carreño presentó el viernes 23 de octubre una denuncia penal ante la Fiscalía de la Nación por el presunto delito de abuso de autoridad. La denuncia comprende a la presidenta de la República, Keiko Fujimori; al presidente del Consejo de Ministros, Luis Galarreta; y a los senadores Miguel Torres y Alejandro Muñante. También incluye al gerente de Publicaciones Oficiales de El Peruano, Ricardo Montero, a quien atribuye una presunta participación como cómplice primario.

Según lo reportado por La República, el abogado cuestiona que la Ley 32743 se publicara sin las firmas de las autoridades de la Cámara de Diputados. Asimismo, solicita que la Fiscalía investigue los hechos y determine las responsabilidades que correspondan.

La presentación de una denuncia no acredita por sí misma la comisión de un delito. La eventual responsabilidad penal de las personas señaladas deberá determinarse mediante las actuaciones fiscales y judiciales correspondientes, con respeto a la presunción de inocencia.

Óscar Reto exige medidas correctivas

La controversia también llegó al ámbito parlamentario. El presidente de la Cámara de Diputados, Óscar Reto, remitió un oficio a Miguel Torres para expresar su preocupación por las formalidades aplicadas en la elaboración y publicación de la autógrafa.

Reto pidió adoptar medidas correctivas al considerar que el documento omitió la referencia al Congreso de la República y las firmas de los representantes de la Cámara de Diputados. En su comunicación, sostuvo que el Parlamento está integrado por ambas cámaras y que la autógrafa debe reflejar la voluntad institucional del Congreso dentro del marco constitucional.

El titular de Diputados también advirtió sobre la importancia de establecer criterios claros durante el primer año de funcionamiento del nuevo sistema bicameral, a fin de evitar controversias similares en los procedimientos legislativos posteriores.

¿Qué establece el marco constitucional?

El punto central de la discusión es la diferencia entre las competencias de cada cámara y la titularidad de la función legislativa. En el sistema bicameral, el Senado y la Cámara de Diputados cumplen funciones diferenciadas dentro del procedimiento de formación de las leyes.

El portal institucional del Congreso señala que la función legislativa comprende la presentación, el debate y la aprobación de las normas, conforme a la Constitución y los reglamentos parlamentarios. Por su parte, la información oficial del Senado describe sus atribuciones respecto de la revisión, el debate, la aprobación, la modificación o el rechazo de las propuestas legislativas remitidas por Diputados.

En ese contexto, especialistas en derecho constitucional han cuestionado que la fórmula de la Ley 32743 atribuya exclusivamente al Senado la aprobación de la norma.

El constitucionalista Natale Amprimo sostuvo que la ley corresponde al Congreso de la República y no exclusivamente a una de sus cámaras. Otros especialistas, como Aníbal Quiroga, César Delgado-Guembes y Luciano López, también cuestionaron la redacción y las formalidades de la autógrafa, aunque sus apreciaciones sobre el alcance jurídico y la vía para corregir el documento no son necesariamente idénticas.

Miguel Torres defiende el procedimiento

Frente a las críticas, Miguel Torres defendió la actuación del Senado y señaló que la Constitución le encarga a su presidente remitir la autógrafa al Poder Ejecutivo. En declaraciones recogidas por La República, sostuvo que corresponde al presidente del Senado efectuar esa remisión y descartó que la ausencia de la firma del titular de Diputados impida necesariamente la promulgación.

Alejandro Muñante, primer vicepresidente del Senado, también descartó que la situación constituya una irregularidad que invalide automáticamente la publicación, aunque dejó abierta la posibilidad de subsanar el documento si correspondiera.

Estas posiciones mantienen abierta la discusión sobre si el problema es una deficiencia formal subsanable o si requiere un procedimiento jurídico específico para corregir la autógrafa. La determinación de sus efectos legales corresponde a las instancias competentes.

Una controversia que va más allá de una fórmula

La discusión adquiere relevancia porque la Ley 32743 delega al Ejecutivo facultades para legislar mediante decretos legislativos durante 90 días calendario, exclusivamente en materias de seguridad ciudadana y del Fenómeno El Niño.

De acuerdo con su artículo 1, la delegación debe ejercerse dentro de los parámetros establecidos por la propia ley y la Constitución. Por ello, la controversia sobre la autógrafa plantea interrogantes acerca de las formalidades que deben observarse en la producción de normas durante la implementación del Congreso bicameral.

El debate no se limita a la frase utilizada en el encabezado. También comprende la participación de ambas cámaras, las firmas de sus representantes y el procedimiento aplicable para corregir eventuales defectos documentales.

Hasta el cierre de esta nota, las fuentes consultadas dan cuenta de la denuncia penal y del pedido de medidas correctivas, pero no permiten confirmar que se haya publicado una rectificación oficial de la Ley 32743 ni que exista una decisión fiscal definitiva sobre la denuncia.

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Economía

Pedro Castillo seguirá en prisión preventiva hasta marzo de 2027

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El Poder Judicial rechazó revisar la medida que mantiene encarcelado al expresidente por los casos Petroperú, Puente Tarata y Ministerio de Vivienda. La prisión preventiva prolongada por 12 meses continúa vigente hasta marzo de 2027.

Lima, 23 de octubre de 2026.- El Poder Judicial declaró infundada la revisión de oficio de la prisión preventiva impuesta al expresidente Pedro Castillo Terrones, investigado por los presuntos delitos de organización criminal agravada, colusión simple y tráfico de influencias agravado, en el marco de las investigaciones acumuladas por los casos Petroperú, Puente Tarata y Ministerio de Vivienda.

La decisión fue adoptada por el juez supremo provisional Juan Carlos Checkley Soria, del Juzgado Supremo de Investigación Preparatoria, mediante la Resolución N.° 8, emitida el 16 de octubre. El magistrado dispuso mantener vigente la medida coercitiva y la prolongación de 12 meses, que se extiende hasta el 8 de marzo de 2027.

¿Por qué se mantiene la prisión preventiva?

Según la resolución judicial, todavía subsisten los presupuestos que justificaron la prisión preventiva y su posterior prolongación. El juzgado consideró que la continuidad de la medida resulta necesaria y proporcional para garantizar el desarrollo de la investigación y la eficacia de una eventual decisión judicial.

Durante la audiencia, el Ministerio Público sostuvo que los nuevos elementos incorporados a la investigación, entre ellos declaraciones, documentos y pericias, reforzarían la hipótesis fiscal sobre la presunta existencia de una organización criminal y la participación atribuida al exmandatario. Estas imputaciones deberán ser evaluadas en el proceso penal y no constituyen, por sí mismas, una declaración de culpabilidad.

Los casos bajo investigación

La investigación comprende presuntos hechos vinculados a Petroperú, Provías Descentralizado y el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento. La hipótesis fiscal atribuye a Castillo una presunta participación en una estructura que habría buscado influir en decisiones y contrataciones públicas mediante el control de puestos estratégicos en entidades estatales. La responsabilidad penal del expresidente deberá determinarse conforme a las pruebas y las garantías del proceso.

Por su parte, la defensa cuestionó la continuidad de la privación de libertad y solicitó sustituirla por una medida menos gravosa, invocando los principios de idoneidad, necesidad y proporcionalidad. El juzgado desestimó la revisión de oficio, por lo que la situación jurídica de Castillo no cambió en este expediente.

¿Qué viene ahora?

La resolución mantiene la prisión preventiva, pero no resuelve de manera definitiva la responsabilidad penal de Pedro Castillo por los hechos investigados. El proceso continúa bajo control judicial y fiscal, mientras la defensa conserva las vías procesales que correspondan para cuestionar las decisiones que afecten al investigado.

El caso vuelve a poner en el centro del debate público el control judicial de las medidas que restringen la libertad y la investigación de presuntos actos de corrupción en el Estado. La exigencia es doble: esclarecer los hechos que comprometen recursos públicos y garantizar que toda decisión judicial respete el debido proceso, la presunción de inocencia y los derechos fundamentales.

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Economía

Francia bajo tensión: protestas por el coste de vida y la crisis educativa desatan disturbios y toques de queda

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País, 19 de octubre de 2026.— Francia enfrenta una grave crisis social tras las masivas movilizaciones del fin de semana del 17 y 18 de octubre, que comenzaron con reclamos estudiantiles por las condiciones de los centros educativos y se extendieron contra el alto coste de la vida, el deterioro de los servicios públicos y las políticas del Gobierno de Emmanuel Macron. Las protestas derivaron en enfrentamientos con la policía, saqueos e incendios en distintas ciudades del país.

Las manifestaciones reunieron, según el Ministerio del Interior francés, a unas 550.000 personas el sábado, mientras que la Confederación General del Trabajo (CGT) calculó la participación en 800.000. Entre las principales demandas figuran más profesores, aulas menos saturadas, mejores infraestructuras educativas, mejores salarios y medidas para aliviar la presión económica sobre las familias.

La violencia registrada al término de varias marchas dejó comercios saqueados, vehículos incendiados y edificios públicos atacados. En Limoges, el histórico ayuntamiento sufrió un incendio de grandes proporciones que destruyó buena parte de la edificación. También se reportaron incidentes en París, Marsella, Lyon, Burdeos y otras ciudades, en un escenario que expone la profundidad del descontento social y las dificultades de las autoridades para contener los disturbios.

Ante la persistencia de la tensión, la policía de París impuso un toque de queda entre las 23:00 y las 06:00 en la Place de la République y el sector comercial de Les Halles. Asimismo, se establecieron restricciones a las concentraciones públicas desde las 20:00 en determinadas zonas. Las medidas buscan evitar nuevos episodios de violencia, mientras se refuerza la presencia policial y avanzan las labores de limpieza y recuperación de los espacios afectados.

El balance difundido el 19 de octubre por Reuters sitúa en aproximadamente 2.400 el número de detenidos en todo el país. También se informó de cerca de un millar de agentes heridos, un manifestante fallecido por paro cardíaco y miles de establecimientos afectados, aunque las cifras sobre los daños materiales varían entre los reportes. El Museo del Louvre, en París, permaneció cerrado el lunes debido a bloqueos protagonizados por grupos de estudiantes en sus accesos.

La crisis también golpea al Ejecutivo. El ministro del Interior, Laurent Nuñez, ofreció su dimisión tras los fallos en la respuesta policial, pero Macron rechazó su salida y le exigió reforzar la actuación de las fuerzas de seguridad. Por su parte, el primer ministro Sébastien Lecornu respaldó la aplicación de restricciones localizadas, en lugar de imponer un toque de queda general en todo el territorio francés.

El Gobierno atribuye parte de los actos violentos a grupos radicales y delincuentes que habrían aprovechado las movilizaciones para saquear y destruir bienes. Sin embargo, la respuesta estatal no elimina las causas de fondo que alimentan las protestas: el encarecimiento de la vida, las dificultades de los servicios públicos y las demandas de una juventud que reclama mejores condiciones educativas. La responsabilidad por los actos violentos debe distinguirse de los reclamos legítimos de quienes se movilizan pacíficamente.

Con nuevas protestas convocadas para el próximo sábado, Francia entra en una semana de incertidumbre política y social, a seis meses de las elecciones presidenciales previstas para 2027. La evolución del conflicto dependerá tanto de la capacidad de las autoridades para garantizar la seguridad como de su disposición a responder a las demandas económicas y sociales que han llevado a miles de personas a las calles.

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