Connect with us

Nacional

Balcázar evalúa decreto de gracia presidencial para liberar a Pedro Castillo antes del 27 de julio

Publicado

en

Lima, 24 de julio de 2026.- A solo días de culminar su mandato interino, el presidente José María Balcázar estaría evaluando ejercer la facultad prevista en el artículo 118, inciso 21, de la Constitución para otorgar el Derecho de Gracia Presidencial a favor del expresidente José Pedro Castillo Terrones. Fuentes cercanas a Palacio de Gobierno señalan que el mandatario buscaría concretar la medida antes de la transferencia del poder, pese a los informes desfavorables emitidos por la Dirección de Gracias Presidenciales, cuya opinión no tiene carácter vinculante para la decisión final del jefe de Estado.

El eventual decreto se sustentaría en tres argumentos principales: la Opinión 78/2025 del Grupo de Trabajo sobre la Detención Arbitraria de las Naciones Unidas, que concluyó que la privación de libertad de Castillo fue arbitraria y recomendó su inmediata liberación; el presunto exceso del plazo razonable de la etapa de instrucción del proceso penal, al haberse superado el tiempo legal previsto; y la necesidad de contribuir a la pacificación nacional frente a la persistente crisis política que atraviesa el país.

La posibilidad de conceder la gracia presidencial cobró mayor relevancia luego de conocerse el informe de la Dirección de Gracias Presidenciales, firmado el 20 de julio por su director, Jhoner Michael Quispe Romani, en el que se concluye que la solicitud presentada por el congresista Elías Varas no cumplía con los requisitos formales establecidos en el reglamento interno de la Comisión de Gracias Presidenciales, razón por la cual se recomendó no evaluar el pedido en esa vía administrativa.

Sin embargo, especialistas recuerdan que dicho informe constituye una opinión técnica y no limita la potestad constitucional del presidente de la República para conceder una gracia presidencial cuando considere que existen razones jurídicas, humanitarias o de interés nacional debidamente motivadas. De concretarse, el decreto supremo requeriría únicamente el refrendo del ministro de Justicia y su publicación en el diario oficial El Peruano para surtir efectos legales.

La eventual decisión también estaría respaldada por el debate jurídico generado en torno al cumplimiento de las recomendaciones formuladas por el Grupo de Trabajo sobre la Detención Arbitraria de la ONU, así como por la discusión sobre el plazo razonable del proceso penal seguido contra el exmandatario. Ambos elementos han sido invocados por la defensa de Castillo y por diversos sectores políticos que cuestionan la prolongación de su detención.

No obstante, constitucionalistas advierten que una eventual gracia presidencial podría ser objeto de impugnaciones judiciales por parte de quienes consideren insuficiente su motivación o incompatible con los procesos penales en curso. Pese a ello, otros expertos sostienen que la facultad presidencial es discrecional y que el eventual control judicial recaería sobre la motivación del acto, mas no sobre la conveniencia política de la decisión.

En el Congreso, la presión sobre el Ejecutivo se ha intensificado durante los últimos días. Los congresistas Roberto Sánchez, Margot Palacios, Elías Varas, Jaime Quito y otros representantes del progresismo, la izquierda y del campo popular han exigido públicamente que el presidente Balcázar ejerza sus atribuciones antes del cambio de mando. Los legisladores sostienen que el informe de la Dirección de Gracias Presidenciales no tiene carácter vinculante y que el Estado debe atender las recomendaciones de la ONU, respetar el plazo razonable del proceso y poner fin a lo que califican como una detención arbitraria del expresidente.

La eventual liberación de Pedro Castillo marcaría uno de los actos políticos y jurídicos más trascendentes del gobierno de transición de José María Balcázar y tendría un fuerte impacto en el escenario nacional, a pocos días de la juramentación del nuevo gobierno encabezado por Keiko Fujimori. Mientras sus partidarios consideran que la medida contribuiría a la reconciliación del país, sus detractores sostienen que podría abrir un nuevo frente de confrontación institucional.

CONTINUAR LEYENDO
SEGUIR LEYENDO

Leave a Reply

Su dirección de correo no se hará público. Los campos requeridos están marcados *

Actualidad

El Fenómeno El Niño vuelve a poner a prueba al Estado peruano: ¿las mismas fallas de siempre?

Publicado

en

Por

Lima, 13 de agosto de 2026. El Gobierno de Keiko Fujimori acaba de crear, mediante la Resolución Suprema N.° 256-2026-PCM, la Comisión Nacional de Gestión del Riesgo del Fenómeno El Niño, con vigencia durante 2026 y 2027. La norma la define como órgano de decisión política y coordinación estratégica para las intervenciones ante el peligro inminente y las etapas de preparación y respuesta. La comisión será presidida por el ministro de Desarrollo Agrario y Riego e integrada por Defensa, Economía y Finanzas, Vivienda, INDECI y la Autoridad Nacional del Agua.

El problema es que el Perú no carece de instituciones ni de comisiones para enfrentar El Niño. Desde 1977 funciona el ENFEN, organismo científico y técnico permanente encargado de estudiar, monitorear y alertar sobre el fenómeno; además, el país cuenta con el SINAGERD, creado como un sistema interinstitucional, descentralizado, transversal y participativo, cuya conducción corresponde a la PCM. La propia Política Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres al 2050 establece que la prevención y reducción del riesgo deben articular a los distintos sectores y niveles de gobierno.

La experiencia más reciente debería encender todas las alarmas. Después del Niño Costero de 2017, el Estado creó la Autoridad para la Reconstrucción con Cambios (ARCC), acompañada de un enorme programa de inversiones. Sin embargo, seis años después, la Contraloría concluyó que el proceso había fracasado en aspectos fundamentales: de unos S/25 mil millones asignados, se habían gastado S/21 mil millones, pero seguían prácticamente pendientes soluciones integrales para las cuencas, defensas ribereñas, represas y reforestación. Más grave aún, de casi 6.000 servicios de control realizados, en 62 % de los casos las entidades no habían tomado acciones correctivas frente a riesgos advertidos.

Y el problema no fue solamente incapacidad de gestión. La Contraloría identificó 845 funcionarios de los tres niveles de gobierno con 1.982 responsabilidades, de las cuales 715 eran de carácter penal, 206 civiles y 1.061 administrativas. Investigaciones periodísticas también documentaron presuntas irregularidades en obras de prevención financiadas por la ARCC; en Piura, por ejemplo, se identificaron 131 funcionarios con presuntas responsabilidades penales, civiles o administrativas y un perjuicio económico estimado en más de S/25,8 millones. Es decir, la reconstrucción dejó una lección incómoda: crear estructuras extraordinarias y movilizar miles de millones no garantiza prevención, calidad ni transparencia.

El balance tampoco mejora cuando se revisa el desempeño más reciente. En julio de 2026, la Contraloría informó que 32 obras vinculadas a la Reconstrucción con Cambios ejecutadas bajo la modalidad Gobierno a Gobierno habían sufrido variaciones de 140,7 % en sus costos y de 332,6 % en sus plazos respecto de lo previsto inicialmente. El antecedente resulta especialmente relevante ahora que el Ejecutivo vuelve a organizar una instancia excepcional para enfrentar El Niño. La pregunta periodística es inevitable: ¿qué mecanismos nuevos de control, transparencia, seguimiento y rendición de cuentas tendrá esta comisión para impedir que la urgencia vuelva a convertirse en una puerta para sobrecostos, retrasos o responsabilidades que aparecen cuando el desastre ya pasó?

Hay además una alerta institucional que no debería pasar inadvertida. La nueva comisión depende de la Presidencia de la República, pero su conducción efectiva recae en el ministro de Desarrollo Agrario y Riego, mientras que la PCM —ente rector del SINAGERD— no figura como integrante permanente, aunque el presidente del Consejo de Ministros refrenda la resolución. La comisión puede convocar a otros ministros, gobiernos subnacionales y privados, pero esa posibilidad no equivale a una articulación intergubernamental permanente. Esto resulta crítico porque la propia legislación del SINAGERD exige coordinación entre los tres niveles de gobierno, prevención, reducción del riesgo y participación de actores locales.

La creación de la comisión, por tanto, no es necesariamente una mala decisión; el riesgo está en repetir el modelo de reacción institucional que aparece cuando la amenaza ya está encima. El Gobierno afirma que existen unos 1.900 puntos críticos y que inicialmente priorizará 569, mientras ENFEN mantiene la alerta de El Niño Costero y la propia resolución advierte una posible magnitud fuerte y sin descartar un escenario extraordinario hacia finales de 2026. El verdadero examen para Keiko Fujimori no será cuántas comisiones crea, sino si logra convertir información científica en prevención territorial, coordinar efectivamente con regiones y municipios, ejecutar obras técnicamente sólidas, proteger los recursos públicos y evitar que la historia de la Reconstrucción con Cambios vuelva a repetirse. El Perú no necesita otra comisión que llegue después del desastre: necesita un Estado que llegue antes.

CONTINUAR LEYENDO

Destape

Gobierno anuncia ofensiva legal contra cuatro leyes laborales y los trabajadores peruanos alistan movilizaciones

Publicado

en

Por

Lima, 8 de agosto 2026.- El Gobierno de Keiko Fujimori ha desatado un nuevo pulso con los trabajadores del Estado al anunciar acciones de inconstitucionalidad contra cuatro leyes aprobadas en el Congreso anterior. El ministro de Economía y Finanzas, Elmer Cuba Bustinza, confirmó que se impugnarán las normas que otorgan gratificaciones y CTS al régimen CAS, mejoran las pensiones de maestros cesantes, homologan el CAFAE para servidores del régimen 276 en gobiernos regionales y reforman las pensiones de militares y policías. El Ejecutivo sostiene que estas disposiciones ponen en riesgo la sostenibilidad fiscal.

Sin embargo, la ofensiva no es homogénea. El MEF interpondrá directamente las demandas contra la Ley 32563 (CAS) y la Ley 32424 (CAFAE). En cambio, las impugnaciones a las leyes de pensiones —32581 (maestros) y 32561 (fuerzas armadas y policiales)— ya fueron presentadas por el Colegio de Economistas del Perú, entidad con legitimidad constitucional para actuar en estas materias. El MEF, como ministerio, no figura entre los sujetos habilitados por la Constitución para demandar directamente ante el Tribunal Constitucional.

La ofensiva alcanza a cientos de miles de personas. La Ley 32563 beneficia a más de 350 mil trabajadores CAS con gratificaciones y CTS, pero el Ejecutivo ya reglamentó el pago de forma gradual: este año equivale al 10 % de la remuneración (mínimo S/300) y subirá hasta el 100 % recién en 2030. El Consejo Fiscal estima un costo anual de S/3.000 millones, lo que ha encendido las alarmas en el MEF.

Esta gradualidad ya provocó el primer choque. El Frente Nacional de Trabajadores CAS (con Derechos), que agrupa a más de 40 sindicatos, denuncia que el reglamento desnaturaliza el espíritu de la ley. Su vocera, Mirelly Ticona, ha criticado abiertamente la decisión del Ejecutivo y el gremio ya anunció movilizaciones para exigir el pago íntegro. Para ellos, no es un tema técnico: es el cumplimiento de un derecho ya reconocido.

La segunda norma, la Ley 32581, equipara la pensión de maestros jubilados con la Remuneración Íntegra Mensual (RIM) de la primera escala magisterial, unos S/3.300 mensuales. El Consejo Fiscal calcula un impacto anual de S/8.000 millones. El reglamento aún no ha sido aprobado, lo que ha generado reclamos del SUTEP. Su secretario general, Lucio Castro Chipana, ha advertido que sin financiamiento «la norma nace muerta» y ha exigido al Gobierno garantizar el presupuesto.

La tercera controversia es la Ley 32424, que homologa el incentivo CAFAE para administrativos del régimen 276 en regiones, con un costo estimado de S/2.621 millones anuales. Organizaciones como FENTRAGORES, CITE Perú, FENUTTSA y FENSUTACE han sostenido mesas técnicas con el MEF y defienden la homologación. El Congreso modificó en marzo pasado algunos artículos y estableció un nuevo plazo para su reglamentación.

La cuarta norma, la Ley 32561, reordena las pensiones de militares y policías. El Consejo Fiscal estima su impacto en S/46.000 millones en valor presente —compromisos futuros, no un desembolso anual—. Fue aprobada por insistencia del Congreso, tras ser observada por el Ejecutivo, y contó con el impulso del congresista José Cueto, quien la defendió como una reforma de largo plazo.

El MEF insiste en que el Estado no puede asumir compromisos sin respaldo financiero. El ministro Cuba advierte que, sin correctivos, el déficit fiscal podría saltar de 1,8 % a 3 % del PBI desde 2027, con efectos sobre la deuda pública y el riesgo país. Pero los trabajadores plantean otra pregunta: ¿puede hablarse de sostenibilidad cuando el Estado mantuvo durante años regímenes desiguales y funciones permanentes sin los mismos derechos? El caso CAS es paradigmático: fue el expresidente José María Balcázar quien promulgó la ley en marzo de 2026, y ahora el Gobierno fujimorista busca tumbar su constitucionalidad.

El escenario es, así, una batalla por los límites de los derechos laborales y previsionales. El Ejecutivo invoca la responsabilidad fiscal; los sindicatos defienden leyes ya aprobadas y advierten que el equilibrio presupuestario no puede ser excusa para postergar sus reivindicaciones. La última palabra la tendrá el Tribunal Constitucional, pero mientras tanto, los gremios ya han dejado claro que no aceptarán que el costo del ajuste recaiga sobre sus derechos. La confrontación, advierten, podría volver a las calles en las próximas semanas.

CONTINUAR LEYENDO

Ambiente

Presidente del OEFA denuncia presiones para renunciar y abre cuestionamientos sobre el inicio del nuevo Gobierno

Publicado

en

Por

Lima, 5 de agosto 2026.- El presidente del Consejo Directivo del Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental (OEFA), Ítalo Andrés Díaz Horna, denunció formalmente haber recibido presiones para presentar su renuncia apenas días después del inicio del nuevo Gobierno. En un oficio dirigido al ministro del Ambiente, Vladimiro Huaroc Portocarrero, sostiene que funcionarios del Viceministerio de Gestión Ambiental le solicitaron, en tres oportunidades y mediante mensajes de WhatsApp, que deje el cargo, pese a que fue designado por un período legal de cinco años.

En el documento, fechado el 3 de agosto de 2026, Díaz Horna afirma que el pedido carece de motivación y sustento legal, por lo que rechaza presentar su renuncia. Argumenta que la Presidencia del Consejo Directivo del OEFA constituye un cargo de designación o remoción regulada, no de libre remoción, conforme a la Ley del Servicio Civil y a la Ley del Sistema Nacional de Evaluación y Fiscalización Ambiental. Asimismo, solicita el cese inmediato de cualquier presión, el respeto a la autonomía institucional del organismo y la adopción de acciones administrativas respecto de los funcionarios involucrados.

El oficio adjunta, además, un informe técnico de SERVIR, una sentencia judicial y capturas de pantalla de las conversaciones de WhatsApp que, según el funcionario, respaldan sus afirmaciones. Hasta el momento, el Ministerio del Ambiente no ha informado públicamente si iniciará una investigación interna ni ha emitido un pronunciamiento oficial sobre el contenido de la comunicación.

La denuncia adquiere relevancia política porque se produce durante la primera semana de gestión del Gobierno que asumió funciones el 28 de julio de 2026. De confirmarse los hechos descritos, el caso podría reabrir el debate sobre los límites de la discrecionalidad política en la administración pública y el respeto a los cargos cuyo período y causales de remoción se encuentran expresamente regulados por ley.

Desde una perspectiva institucional, el episodio plantea interrogantes sobre la relación entre el Poder Ejecutivo y los organismos técnicos especializados. Si bien todo gobierno tiene la potestad de definir prioridades y conformar equipos en los cargos de confianza, los organismos cuyos titulares cuentan con mandatos legales buscan precisamente garantizar continuidad, autonomía técnica y estabilidad frente a cambios políticos. Cualquier intento de apartar a estos funcionarios fuera del procedimiento establecido podría generar cuestionamientos sobre la seguridad jurídica y la independencia institucional.

El caso también representa una primera prueba para la nueva administración en materia de gobernanza pública. Más allá de la veracidad de las denuncias —que deberá ser esclarecida mediante las investigaciones correspondientes—, la ausencia de una respuesta oficial rápida podría afectar la percepción de transparencia y respeto por el Estado de derecho. El desarrollo de este caso será determinante para evaluar si el nuevo Gobierno privilegia mecanismos institucionales y el debido proceso en la conducción de las entidades públicas.

CONTINUAR LEYENDO

Tendencia

Set Youtube Channel ID
Share
Tiktok