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César Hinostroza: PJ rechazó pedido de para que grabaciones telefónicas no sean admitidas como pruebas

César Hinostroza pretendía que las grabaciones telefónicas se consideren «prueba ilícita” y se excluyan del caso. Dichos registros fueron cruciales para la investigación sobre el caso “Los cuellos blancos del puerto”.

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El Poder Judicial decidió rechazar el pedido de la defensa del exmagistrado César Hinostroza para que no se tengan en cuenta las grabaciones de llamadas telefónicas que se realizaron tras el levantamiento del secreto de sus comunicaciones, como parte del caso “Los cuellos blancos del puerto”.

La resolución del recurso de tutela de derechos estuvo a cargo del juez supremo Juan Carlos Checkley Soria, quien declaró improcedente el pedido realizado en el marco del proceso penal que se sigue contra Hinostroza Pariachi por el presunto delito de tráfico de Influencias y otros en agravio del Estado.

Fundamentos
La defensa de César Hinostroza planteaba que se había vulnerado «el secreto de sus comunicaciones telefónicas y vulneración de sus derechos constitucionales al debido proceso», además del «derecho constitucional a la defensa», por lo que pedía que «se declare prueba ilícita o prohibida todas las grabaciones de las comunicaciones telefónicas de su patrocinado», transcritas en las actas fiscales.

Como se recuerda, estas grabaciones telefónicas fueron cruciales para dar a conocer la presunta red de corrupción que operaba en el desaparecido Consejo Nacional de la Magistratura (CNM) y que se extendía hasta diversas dependencias judiciales. Por ello, dichos registros fueron conocidos como los CNM Audios.

el juez Checkley Soria indicó que «a través de la tutela de derechos, un juez de investigación preparatoria realiza el control judicial de las actuaciones policiales y fiscales realizadas durante la fase de diligencias preliminares» y «no realiza una revisión o control de resoluciones», ya que, para ese fin, «existen los mecanismos de impugnación que el propio ordenamiento procesal contempla».

La defensa de Hinostroza Pariachi indicó que las «resoluciones judiciales» que sirvieron para levantar el secreto de las comunicaciones de su patrocinado «no están debidamente motivadas en cuanto a los elementos de convicción (…); así como no se indica cuál es el dato indiciario que permitía establecer que (…) habría cometido alguno de los delitos que se investigaban», toda vez que «Hinostroza no estaba siendo investigado a la fecha de emisiones de las resoluciones judiciales y con ello se vulneró el principio de proporcionalidad».

Al respecto, el juez Checkley Soria indicó que «a través de la tutela de derechos, un juez de investigación preparatoria realiza el control judicial de las actuaciones policiales y fiscales realizadas durante la fase de diligencias preliminares» y «no realiza una revisión o control de resoluciones», ya que, para ese fin, «existen los mecanismos de impugnación que el propio ordenamiento procesal contempla».

En ese sentido, indicó que «un juez penal de primera instancia del Callao, concedió el levantamiento del secreto de las comunicaciones», y que, por lo tanto, «el ordenamiento procesal habilita un mecanismo de impugnación específico, que es el recurso de apelación, el que debió ser interpuesto en el plazo legalmente concedido».

«La tutela de derechos deviene improcedente, dado su carácter residual y porque además, dicha institución no puede ser utilizada para revisar autos que levantaron el secreto de las comunicaciones, los cuales deben ser impugnadas a través de los mecanismos que la ley franquea, a fin el superior jerárquicamente competente, pueda revisarlo conforme a sus atribuciones», puntualiza la resolución del magistrado.

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Movilización en Talara marca el inicio del rechazo a la privatización encubierta de la empresa nacional Petroperú

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Piura, 13 de enero 2026.- Talara se erigió este 13 de enero como el punto de partida de una ola de protestas contra el Decreto de Urgencia N° 010-2025, promulgado el 31 de diciembre por el gobierno interino de José Jerí. La norma permite la reorganización patrimonial de Petroperú, dividiendo sus activos en bloques independientes y facilitando su transferencia a operadores privados mediante ProInversión, con la Nueva Refinería de Talara —una de las infraestructuras más modernas de América Latina y con vida útil proyectada de 70 años— como activo estrella en la mira.

La congresista Margot Palacios Huamán (Juntos por el Perú, candidata al Senado con el número 8) encabeza la convocatoria nacional, calificando la medida como una «privatización encubierta» y una amenaza a la soberanía energética. Su experiencia al frente de la comisión que investigó el derrame de Repsol en 2022 -donde se determinó responsabilidad de la transnacional y se impulsaron normas pendientes de resarcimiento y descontaminación- refuerza su argumento: entregar activos estratégicos a privados podría replicar vulnerabilidades ambientales y sociales vistas en el litoral del mar peruano.

La congresista Margot Palacios Huamán en la movilización contra la privatización de Petroperú en Talara -Piura

El decreto responde a supuesta crisis financiera de Petroperú, que el Ejecutivo presenta como indispensable para evitar el colapso y asegurar el abastecimiento en zonas remotas. No obstante, sindicatos como la Coalición Nacional de Sindicatos de Petroperú y el Frente Sindical de Trabajadores Petroleros lo tildan de «descuartizamiento» de la empresa, anunciando plantones desde el 14 de enero en Lima y regiones, más un paro nacional de 72 horas a partir del 19, acciones que se desencadenan luego del anuncio de movilización de la parlamentaria Palacios en año nuevo.

En el Congreso ya circulan al menos cuatro proyectos de ley para derogar el decreto, impulsados por bancadas progresistas y de izquierda, incluido uno presentado por Palacios. A meses de las elecciones generales de abril 2026, la resistencia en Talara refleja un conflicto más amplio sobre el rol del Estado en sectores estratégicos, el control de precios de combustibles y la soberanía nacional, cuyo desenlace dependerá de la intensidad de la presión social y la respuesta política en las próximas semanas.

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Denuncian prácticas antisindicales en empresa agroexportadora Hass Perú de La Libertad

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La Libertad, 12 de enero 2026.- Trabajadores de Hass Perú, empresa agroexportadora dedicada al cultivo de palta y arándanos en el departamento de La Libertad, han hecho pública una denuncia grave contra la compañía por presuntas prácticas antisindicales. El Sindicato de Trabajadores de Hass Perú (SINTRAHASSP), oficialmente registrado en diciembre de 2025 mediante la Resolución Subgerencial N° 000204-2025 del Gobierno Regional de La Libertad, acusa a la empresa de responder a su constitución con despidos de dirigentes y afiliados, hostigamiento laboral y deficiencias en medidas de seguridad que habrían provocado accidentes graves, incluyendo uno donde un trabajador perdió tres dedos de la mano.

Entre las exigencias del sindicato destacan la reposición inmediata de los despedidos —considerados nulos por constituir discriminación antisindical según la Ley de Relaciones Colectivas de Trabajo y convenios de la OIT ratificados por Perú—, mejoras en el transporte al finalizar la jornada (con demoras excesivas en la movilidad), cese de presiones excesivas por parte de supervisores en la cosecha de arándano (con tolerancias mínimas de defectos que derivan en suspensiones), incremento de bonos en poda y cosecha, reducción de tareas excesivas y respeto pleno a la normativa de negociación colectiva.

La denuncia, que circula en redes sociales desde inicios de enero de 2026 y ha sido respaldada por economistas laborales como Fernando Cuadros Luque y Eduardo Zegarra, vincula estos hechos a un contexto más amplio de precarización en el sector agroexportador. Críticos señalan que la reciente Ley N° 32434 (conocida como Ley Chlimper 2.0, promulgada en 2025) reduce impuestos y aportes a EsSalud para las grandes empresas, lo que debilitaría la fiscalización laboral y facilitaría prácticas de este tipo en un rubro que concentra altos niveles de contratos temporales.

Ante las acusaciones, la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral (Sunafil) informó el 13 de enero de 2026 que su Intendencia Regional de La Libertad emitió una orden de inspección en la empresa, ubicada en Chao (Virú), para verificar las demandas laborales y presuntas irregularidades, incluyendo paralizaciones de actividades reportadas. La entidad ha enfatizado su rol en sancionar infracciones muy graves como actos contra la libertad sindical.

Este caso refleja tensiones persistentes en el sector agroindustrial peruano, donde el reconocimiento de sindicatos choca frecuentemente con estrategias empresariales de contención de costos. Mientras los trabajadores exigen respeto a derechos constitucionales y laborales, las autoridades competentes deberán determinar si se configuran violaciones que ameriten sanciones, reposiciones o medidas correctivas, en un escenario de creciente visibilidad de denuncias similares en la costa norte.

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José Jerí Oré: reunión sin agenda oficial y en secreto sacude el más alto nivel del poder

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La revelación de una reunión no oficial, fuera de agenda y realizada bajo condiciones de evidente secretismo ha vuelto a colocar en el centro del debate público el comportamiento de un funcionario de primer nivel del Estado. José Jerí Oré, en ejercicio del más alto cargo de manera interina, sostuvo un encuentro privado que no fue informado por canales institucionales y que solo salió a la luz gracias a una investigación periodística, no por un acto de transparencia gubernamental.

El encuentro se produjo de noche, fuera de Palacio de Gobierno, con un empresario chino, y sin registro en la agenda oficial. Las imágenes difundidas muestran a Jerí ingresando encapuchado, sin comitiva visible y utilizando un vehículo oficial, pese a que posteriormente se calificó la cita como “no oficial”. La forma en que se desarrolló la reunión -lugar privado, ausencia de registros y medidas para evitar ser reconocido- refuerza la percepción de un proceder deliberadamente opaco.

Tras la difusión del caso, la versión oficial señaló que la reunión estuvo vinculada a coordinaciones por el Día de la Amistad Perú-China. Sin embargo, la explicación deja más preguntas que respuestas. Si se trataba de una actividad institucional, ¿por qué no se canalizó a través de la Cancillería?, ¿por qué no se realizó en un espacio oficial?, ¿por qué no quedó constancia documental?, ¿y por qué el interlocutor fue un empresario y no un representante diplomático formal?

El problema central no es solo con quién se reunió el funcionario, sino cómo ejerció el poder. En democracia, la transparencia no es opcional ni depende del carácter interino del cargo. La ausencia de registros y la informalidad en el manejo de una reunión de este nivel configuran un patrón de secretismo incompatible con la función pública, más aún cuando se emplean recursos del Estado.

Este episodio también expone una evidente asimetría política. Prácticas similares durante el gobierno de Pedro Castillo desencadenaron pedidos de vacancia, investigaciones y una condena política casi inmediata. Hoy, hechos comparables parecen relativizarse. La institucionalidad, sin embargo, no admite excepciones: el poder debe explicarse siempre, y cuando no lo hace, es legítimo que el periodismo y la ciudadanía exijan respuestas.

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